P: ¿Los tratados para evitar la doble imposición de la República de Armenia siguen el modelo de la OCDE u otro modelo?
R: Si bien la mayoría de los tratados siguen el modelo de la OCDE, también hay excepciones, como la de Suiza.
P: ¿Los tratados deben incorporarse al derecho interno antes de que entren en vigor?
Respuesta: Según la Constitución de la República de Armenia, los tratados internacionales entrarán en vigor sólo después de su ratificación o aprobación. En consecuencia, los tratados bilaterales de doble imposición deben incorporarse mediante ratificación.
P: ¿Incorporan generalmente reglas de compra de tratados (o artículos de limitación de beneficios)?
A: No.
P: ¿Los tratados están anulados por alguna norma de derecho interno (ya sea existente cuando el tratado entra en vigor o introducida posteriormente)?
Respuesta: Según el artículo 6 de la Constitución de la República de Armenia, los tratados internacionales son parte constitutiva del sistema jurídico de la República de Armenia. Si un tratado internacional ratificado estipula normas distintas a las previstas en las leyes, prevalecerán las normas del tratado. Por lo tanto, si hay un conflicto entre el derecho interno y un tratado fiscal internacional, prevalece el tratado fiscal.
P: ¿Cuál es la prueba en la legislación nacional para determinar la residencia corporativa?
R: Para ser considerada una organización residente de RA, la organización debe estar establecida (someterse a registro estatal) en RA.

