El 28 de agosto de 2014, el Gobierno aprobó modificaciones a la Ley de Impuestos introduciendo el concepto de gravamen (restricción) fiscal. La prelación del gravamen fiscal frente a los intereses garantizados de otros acreedores se determinará al momento de su inscripción en el registro de bienes muebles y podrá extenderse a cuentas bancarias y otros bienes. El gravamen fiscal no sustituirá el embargo de bienes que aún puedan ser utilizados por las autoridades fiscales bajo determinadas condiciones. Se espera que las modificaciones entren en vigor el 1 de enero de 2015.
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