Programa de Inversionistas Calificados (QIP) de Panamá 2026: Guía de Inversión, Ciudadanía e Impuestos

Horizonte moderno de la ciudad de Panamá con árboles tropicales en primer plano, que simbolizan oportunidades de ciudadanía para inversionistas.


De un vistazo

  • Programa: Visado de Inversionista Cualificado (Decreto Ejecutivo Nº 722/2020, modificado por el Decreto Nº 193/2024)
  • Inversión mínima: 300,000 USD (bienes inmuebles), 500,000 USD (valores) o 750,000 USD (depósito bancario)
  • Tasas gubernamentales: USD 10,000 (solicitante principal); USD 1,300–2,300 por dependiente
  • Presencia física: Una visita cada dos años; no hay un número mínimo de días codificado.
  • Camino a la ciudadanía: 5 años de residencia permanente + examen de naturalización
  • Fortaleza del pasaporte: Aproximadamente 148 destinos sin visado o con visado a la llegada (incluido el espacio Schengen).
  • Sistema tributario: Territorial: los residentes tributan únicamente sobre los ingresos procedentes de Panamá.

El Programa de Inversionistas Calificados (PIQ) de Panamá ofrece a fundadores y familias con movilidad internacional una vía para obtener la residencia y la ciudadanía con requisitos mínimos de presencia física. Creado por el Decreto Ejecutivo N° 722 en octubre de 2020 y perfeccionado por el Decreto Ejecutivo N° 193 en 2024, el programa otorga la residencia permanente mediante inversiones que cumplen con los requisitos, con un claro plazo de cinco años para la naturalización. A abril de 2026, sigue siendo una de las opciones más prácticas para inversionistas que buscan la residencia latinoamericana con bajos requisitos de permanencia en el país.

Esta guía abarca la estructura actual del programa, las inversiones que cumplen los requisitos, las tarifas, el proceso de naturalización, el régimen tributario territorial de Panamá y cómo se compara el Programa de Inversión Calificada (QIP, por sus siglas en inglés) con los programas de ciudadanía por inversión (CBI, por sus siglas en inglés) del Caribe, que se enfrentan a normas más estrictas en 2026.

Inversiones que califican y mínimos

El QIP ofrece tres vías de inversión elegibles. El Decreto Ejecutivo N.° 193 (octubre de 2024) fijó de forma permanente el umbral inmobiliario en 300,000 USD, eliminando la reversión previamente prevista a 500,000 USD.

Categoría de inversión Monto minimo Los requisitos clave
Inmobiliaria USD 300,000 Sin hipoteca; se permite la construcción previa mediante promesa de compra con garantía bancaria del promotor (según el Decreto 193).
Valores USD 500,000 A través de una correduría panameña autorizada en la Bolsa de Valores de Panamá.
Depósito bancario a plazo fijo USD 750,000 Plazo de 5 años; sin restricciones

La vía inmobiliaria es la más popular. El Decreto 193 también formalizó la copropiedad por parte del cónyuge o los dependientes en la inversión que califica, lo que brinda mayor flexibilidad para la planificación familiar.

Tasas gubernamentales

Tipo de solicitante Tarifa de migración comisión del Tesoro Total
Inversor principal USD 5,000 USD 5,000 USD 10,000
Dependiente (menor de 12 años) Reducción de los impuestos gubernamentales ~USD 1,300
Dependiente (mayor de 12 años) Impuestos gubernamentales completos ~USD 2,300

Entre los dependientes elegibles se incluyen el cónyuge, los hijos menores de 18 años, los hijos adultos económicamente dependientes de hasta 25 años (si son estudiantes a tiempo completo) y los padres económicamente dependientes del inversionista. El Decreto 193 también formalizó los derechos de copropiedad para los dependientes en la inversión elegible.

Residencia y presencia física

El Programa de Inversión Calificada (QIP, por sus siglas en inglés) es una vía para obtener la residencia y la ciudadanía, no una compra directa de pasaporte. Los solicitantes primero obtienen una visa de inversionista y la residencia permanente, y luego pueden naturalizarse después de cinco años.

Para mantener la residencia permanente, los inversionistas deben visitar Panamá al menos una vez cada dos años. Cabe destacar que la ley no establece un número mínimo de días por visita; el requisito legal solo exige una entrada física documentada (sello de inmigración). Esto convierte a Panamá en uno de los programas de residencia por inversión más flexibles del mundo.

La tramitación de los visados ​​de inversor suele tardar entre 30 y 90 días para los solicitantes cualificados, lo que proporciona un acceso rápido a la residencia antes de iniciar el proceso de ciudadanía, que dura cinco años.

Un camino de cinco años hacia la ciudadanía.

Tras cinco años de residencia permanente, los inversionistas del Programa de Inversión Calificada (QIP, por sus siglas en inglés) pueden solicitar la ciudadanía panameña mediante el proceso de naturalización constitucional estándar. Este plazo puede reducirse a entre uno y tres años para los inversionistas casados ​​con ciudadanos panameños, con hijos panameños o que posean la nacionalidad de ciertos países latinoamericanos o de España.

La naturalización no es automática. Los solicitantes deben aprobar exámenes de dominio del español, historia y geografía de Panamá, y civismo constitucional. Este requisito representa un obstáculo importante; abogados con experiencia recomiendan una mayor presencia física durante el período de residencia de cinco años para fortalecer la solicitud de naturalización y prepararse para los requisitos lingüísticos.

La renuncia constitucional formal a la ciudadanía anterior forma parte del proceso, aunque funciona como un juramento de lealtad. Panamá no notifica a los países de origen ni confisca pasaportes, y la doble ciudadanía se practica y tolera ampliamente.

Pasaporte panameño y acceso a viajes

Un pasaporte panameño permite el acceso sin visado o con visado a la llegada a aproximadamente 148 destinos, situándose entre los puestos 20 y 30 del Índice de Pasaportes Henley. El acceso clave incluye:

  • UE/Schengen: Se confirma el acceso sin visado para estancias cortas.
  • Reino Unido: Acceso sin visado confirmado
  • Estados Unidos: No está incluido en el Programa de Exención de Visa; se requiere visa B1/B2. Sin embargo, los panameños naturalizados pueden ser elegibles para la visa de inversionista E-2 de Estados Unidos.
  • America latina: Amplio acceso sin visado, incluyendo México, Brasil, Argentina, Chile y Colombia.
  • Asia: Acceso seleccionado que incluye Japón, Singapur, Malasia, Hong Kong y Turquía.

Los ciudadanos naturalizados reciben el mismo pasaporte y los mismos derechos de viaje que los ciudadanos nacidos en el país; no existen pruebas de restricciones formales basadas en categorías para los ciudadanos naturalizados que son inversionistas.

KYC/AML y debida diligencia

La tasa de aprobación del QIP, que ronda el 96 % (hasta septiembre de 2025), refleja la estructura de selección inicial del programa. Los bancos panameños autorizados realizan rigurosas verificaciones de cumplimiento de las normas AML/KYC antes de que los solicitantes presenten su solicitud ante inmigración, lo que permite prefiltrar eficazmente las solicitudes que no cumplen con los requisitos. Desde el lanzamiento del programa en 2020, se han emitido poco más de 600 certificados de inversionista, movilizando aproximadamente 309.8 millones de dólares en inversiones elegibles.

El volumen de procesamiento mensual se mantiene en aproximadamente 25 a 40 solicitudes, muy por debajo del objetivo del gobierno de 150 al mes. Para los clientes, esto significa tiempos de procesamiento de solicitudes de 30 a 90 días, sin que exista un cuello de botella inmediato en la capacidad, pero tampoco garantía de una mayor rapidez en la ampliación.

Prioridades de preparación para el asesoramiento

  • Narrativa sobre el origen de los fondos alineada con los flujos de transacciones (rutas entre bancos, propósito y plazos).
  • PEP/sanciones y análisis de medios adversos con notas de remediación para cualquier señal histórica.
  • Mapeo de la titularidad real para sociedades holding o fideicomisos utilizados en la inversión.
  • Ingresos provenientes de criptomonedas o del sector de alto riesgo: conversión a moneda fiduciaria con documentación que acredite la conversión.
  • Comprobante de cumplimiento tributario en las jurisdicciones de origen y residencia actual.

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Panamá frente a los programas de incentivos a la ciudadanía del Caribe en 2026

Los programas de inversión en el Caribe (CBI) están entrando en un período de cambios regulatorios significativos. Los cinco estados miembros de la CE-CIRA (Antigua y Barbuda, Dominica, Granada, San Cristóbal y Nieves y Santa Lucía) aprobaron un requisito regional de presencia física mínima de 30 días, que entrará en vigor en junio de 2026. Las solicitudes presentadas antes del 30 de junio de 2026 se regirán por las normas anteriores. Las sanciones por incumplimiento bajo el nuevo marco incluyen multas de hasta el 10 % del valor de la inversión elegible y la posible revocación del pasaporte.

Además, una Proclamación Presidencial de los Estados Unidos, vigente desde el 1 de enero de 2026, suspendió las visas B1/B2, F, M y J para nacionales de Antigua y Barbuda y Dominica, vinculada explícitamente a las preocupaciones relacionadas con la ciudadanía por inversión. Asimismo, una suspensión del procesamiento de visas de inmigrante, vigente desde el 21 de enero de 2026, afecta a las cinco jurisdicciones caribeñas que aplican la ciudadanía por inversión.

Elemento Panamá QIP CBI del Caribe (2026)
Tipo Requisito para obtener la ciudadanía tras la residencia (5 años) Ciudadanía directa (3–6 meses)
Inversión mínima USD 300,000 (bienes inmuebles) USD 200,000–250,000 (donación)
Presencia física Una visita cada 2 años (sin contar los días). 30 días a lo largo de 5 años (a partir de junio de 2026)
Acceso a visas estadounidenses Se requiere visa B1/B2; elegible para tratado E-2. Antigua y Dominica: suspendido; otros: mayor escrutinio.
Acceso a Schengen Sin visa Sin visado (riesgo de suspensión por parte de la UE mencionado)
Sistema de impuestos Territorial (exento de ingresos extranjeros) Varía según la jurisdicción

Las donaciones mínimas actuales para los programas de CBI del Caribe son las siguientes: Dominica, 200,000 USD; Antigua y Barbuda, 230,000 USD; Granada, 235,000 USD; Santa Lucía, 240,000 USD; San Cristóbal y Nieves, 250,000 USD. Los cinco programas siguen activos a partir de abril de 2026, aunque el marco regulatorio se está volviendo más estricto.

Régimen tributario territorial de Panamá

Panamá aplica un sistema tributario puramente territorial. Tanto las personas físicas como las empresas tributan únicamente sobre las rentas de fuente panameña; las rentas de fuente extranjera (pensiones, dividendos del extranjero, rendimientos de inversiones) quedan totalmente fuera de la base imponible, independientemente de la residencia fiscal. Esto hace de Panamá un destino especialmente atractivo para familias con movilidad internacional y fuentes de ingresos diversificadas.

La tasa estándar del impuesto de sociedades es del 25% sobre la renta imponible de origen panameño. Para los inversores de QIP que no generan renta de origen panameño, no existe la obligación de declarar renta de origen extranjero ni activos globales ante la Dirección General de Impuestos (DGI) según la legislación vigente.

Panamá mantiene 18 convenios vigentes para evitar la doble imposición con el Reino Unido, Irlanda, España, Portugal, Francia, Luxemburgo, Países Bajos, Italia, República Checa, Corea del Sur, Singapur, Vietnam, Israel, Qatar, Emiratos Árabes Unidos, México y Barbados. A principios de 2026, no existía un marco integral para las Sociedades Extranjeras Controladas (SEC).

Está circulando un proyecto de Ley de Sustancia Económica que exigiría a las entidades de grupos empresariales multinacionales (EMN) que reciben ingresos pasivos de fuente extranjera demostrar sustancia económica en Panamá. Esta propuesta es la respuesta de Panamá a la presión de la UE y la alineación con el proyecto de ley BEPS, pero se dirige a las entidades corporativas de las EMN —no a los inversores individuales en programas de inversión cualificados (QIP)— y aún no ha entrado en vigor.

Lista de verificación de fuentes de fondos

Un expediente de origen de fondos (SOF) y de origen de patrimonio (SOW) bien elaborado acelera la autorización previa bancaria y protege el cronograma de aprobación:

  • Identidad/KYC: Pasaporte certificado, comprobante de domicilio, currículum vitae, declaraciones de personas políticamente expuestas (PEP)/sanciones.
  • Pista bancaria: Extractos bancarios de los últimos 12 a 24 meses de las entidades emisora ​​y receptora; copias SWIFT para transferencias de gran importe.
  • Comprobante de ingresos: Contratos de trabajo, registros de nómina, estados financieros auditados de la empresa, actas de dividendos
  • Ventas de activos: Contratos de compraventa, estados de cuenta de liquidación, registros de tierras/empresas para la procedencia.
  • Cumplimiento tributario: Declaraciones/liquidaciones tributarias recientes de las jurisdicciones pertinentes, además de cualquier carta de autorización tributaria.
  • Corporativo/Fideicomisos: Cuadros de beneficiarios finales, escrituras fiduciarias, resoluciones de la junta directiva que autorizan inversiones
  • Ingresos en criptomonedas (si los hubiera): Intercambio de cartas KYC, hashes de transacciones y extractos de conversión a moneda fiduciaria vinculados a las cuentas de los clientes.

Qué hacer a continuación

El Programa de Inversionistas Calificados de Panamá ofrece una combinación excepcional de requisitos mínimos de presencia, tributación territorial y un sólido acceso al país. Para los inversionistas que evalúen sus opciones en 2026, el plazo de cinco años exige una planificación anticipada, especialmente en lo que respecta a la autorización bancaria previa, la documentación del origen de los fondos y la preparación en español para el examen de naturalización.

Ante las nuevas normas de residencia y las restricciones de visado de EE. UU. que enfrentan los programas de ciudadanía por inversión en el Caribe, la vía de residencia a ciudadanía panameña se ha convertido en una alternativa cada vez más competitiva para clientes con movilidad internacional. Para analizar su situación y desarrollar una estrategia personalizada, póngase en contacto con nuestros abogados colegiados.

Lecturas relacionadas: Permisos de residencia en Armenia · Residencia en Armenia por inversión · Ciudadanía armenia · Impuestos en Armenia · Banca en Armenia

Preguntas frecuentes

¿Panamá ofrece ciudadanía por inversión?
Panamá no ofrece la ciudadanía directa por inversión. El Programa de Inversionistas Calificados ofrece una vía para obtener la ciudadanía: los inversionistas obtienen la residencia permanente mediante una inversión que cumpla con los requisitos y, posteriormente, se naturalizan tras cinco años. No existe una ley específica de "ciudadanía por inversionista"; la naturalización se rige por el proceso constitucional panameño estándar, que incluye un examen de español y de educación cívica.
¿Cuánto necesito invertir?
La inversión mínima requerida es de USD 300,000 para bienes inmuebles libres de hipoteca (con valor fijo según el Decreto 193), USD 500,000 para valores en la Bolsa de Valores de Panamá o USD 750,000 para un depósito bancario a plazo fijo de cinco años. Las tasas gubernamentales suman USD 10,000 para el solicitante principal y entre USD 1,300 y USD 2,300 por cada dependiente.
¿Cuánto tiempo debo pasar en Panamá?
Para mantener la residencia permanente, debe visitar Panamá al menos una vez cada dos años. No existe un número mínimo de días por visita estipulado en la ley; cualquier entrada documentada cuenta. Para la etapa de naturalización, los abogados recomiendan acumular un historial de presencia más sólido y prepararse para el requisito del idioma español con suficiente antelación a la solicitud.
¿Puedo incluir a mi familia?
Sí. Los dependientes elegibles incluyen a su cónyuge, hijos menores de 18 años, hijos adultos económicamente dependientes de hasta 25 años (si son estudiantes a tiempo completo) y padres económicamente dependientes. Las tarifas gubernamentales son de aproximadamente USD 1,300 por dependiente menor de 12 años y de aproximadamente USD 2,300 por dependiente de 12 años o más. El Decreto 193 también permite que los dependientes sean copropietarios de la inversión elegible.
¿Permite Panamá la doble ciudadanía?
En la práctica, sí. El proceso de naturalización incluye un juramento formal de renuncia, pero funciona como una declaración de lealtad. Panamá no notifica a su país de origen ni confisca los pasaportes existentes. La doble ciudadanía es una práctica común y tolerada. La posibilidad de mantener la doble ciudadanía también depende de las leyes de ciudadanía de su país de origen.
¿Cómo se gravan los ingresos en Panamá?
Panamá aplica un sistema tributario territorial: los residentes tributan únicamente sobre las rentas de fuente panameña. Las rentas de fuente extranjera, como dividendos, pensiones o rendimientos de inversiones, no están sujetas a impuestos panameños. La tasa impositiva corporativa sobre las rentas de fuente panameña es del 25%. No existe impuesto sobre las ganancias de capital, ni impuesto sobre el patrimonio, ni un marco regulatorio integral para las sociedades controladas extranjeras (CFC) a principios de 2026.


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